post-title Subvención para la contratación temporal de desempleados, por entidades sin ánimo de lucro, para la prestación de servicios de interés general y socila (Prorgan 2022)

Subvención para la contratación temporal de desempleados, por entidades sin ánimo de lucro, para la prestación de servicios de interés general y socila (Prorgan 2022)

Subvención para la contratación temporal de desempleados, por entidades sin ánimo de lucro, para la prestación de servicios de interés general y socila (Prorgan 2022)

Desde el 25 de octubre de 2022 hasta el 8 de noviembre de 2022

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para el año 2022, en el ámbito de colaboración con Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten personas desempleadas para la prestación de servicios de interés general y social, con la finalidad de favorecer su formación y práctica profesional.

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Instituciones sin ánimo de lucro que reúnan los requisitos

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo, Se entenderá por persona desempleada, aquella persona demandante de empleo y servicios, en situación laboral de no ocupadas, registradas en los servicios públicos de empleo, con las condiciones que se determinan en el documento recogido a continuación, para la prestación de servicios calificados de interés general y social.

b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

 Requisitos, criterios y procedimiento para la selección de las personas a contratar (103 kbytes)

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?

Para financiar los costes salariales de los contratos de trabajo formalizados para la prestación de servicios de interés general y social, siempre que:

a) Sean servicios que se presten en el ámbito de Castilla y León y, preferentemente, entre las actividades y ocupaciones que se determinan en la Resolución de 29 de septiembre de 2009, del Servicio Público de Empleo Estatal (BOE de 17 de octubre de 2009), por la que se publican las actividades y ocupaciones que se consideran prioritarias para la aprobación de proyectos de interés general y social de la Orden de 19 de diciembre de 1997.

b) Sean ejecutados o prestados directamente por la entidad beneficiaria.

c) En su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de personas desempleadas.

d) La duración de las contrataciones sea de, al menos, seis meses, para dar cumplimiento a la finalidad de las subvención.

e) La duración de los proyectos no supere los nueve meses desde la fecha de inicio de los mismos, que, en todo caso, se deberá efectuar dentro del ejercicio en que se aprueben, debiendo quedar finalizados no más tarde de los seis primeros meses del ejercicio siguiente.

Con independencia de la duración del proyecto, serán subvencionables las contrataciones formalizadas entre el día 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2023, ambos inclusive.

CUANTÍA

  • La cuantía máxima de la subvención a percibir será igual al resultado de multiplicar el número de personas desempleadas contratadas por el número de meses de duración del contrato y por el importe del módulo de la Seguridad Social que corresponda.
  • La citada cuantía máxima se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, cuando los contratos se concierten a tiempo parcial.

 Módulos por grupo de cotización (96 kbytes)

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

Solicitud en modelo normalizado, solo se admitirá una por entidad con un único proyecto, en caso de presentarse dos o más solicitudes, la última presentada en plazo anulará las anteriores, tramitándose sólo esa.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, que se digitalizará y aportará como archivos anexos:

 Documentación a presentar (101 kbytes)

ORGANISMO

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio Promoción de Empleo e Inserción Laboral

Órgano que resuelve:

Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ECyL)

PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES, computados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual, sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderán DESESTIMADAS por silencio administrativo.

NOTIFICACIONES

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI .

RECURSOS

  • Reposición
  • Contencioso-administrativo

 Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

INFORMACIÓN ADICIONAL

Justificación

  • La documentación justificación deberá presentarse en el plazo de 45 DÍAS NATURALES a contar desde el día siguiente a la finalización de la actividad subvencionada.

Compatibilidad

  • Las subvenciones recibidas serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad.

Para más información visitar la web: http://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285213968985/Propuesta

Cargando…
  • Parque Científico

    Parque Científico de la Universidad de Salamanca situado en Villamayor

  • Piedra de Villamayor

    La piedra de Villamayor es la materia prima de la ciudad de Salamanca y arte en las expertas manos de artesanos y canteros

  • Ciudad Innpulso de la Ciencia

    Villamayor forma parte de Ciudad de la Ciencia y la Innovación por su aportación y apoyo al Parque Científico de la Universidad de Salamanca

  • Portal Municipal

    Portal Municipal del Ayuntamiento de Villamayor con información de interés para el ciudadano